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SINOT El Seguro de Incapacidad No Ocupacional Temporera

La Ley Núm. 139 de 1968 Ley de Beneficios por Incapacidad No Ocupacional Temporera, mejor conocida como SINOT te ofrece protección en caso de una enfermedad o situación no relacionada al trabajo.

SINOT  El Seguro de Incapacidad No Ocupacional Temporera

La Ley Núm. 139 de 1968 Ley de Beneficios por Incapacidad No Ocupacional Temporera, mejor conocida como SINOT te ofrece protección en caso de una enfermedad o situación no relacionada al trabajo. El seguro de SINOT está diseñado para ayudar a los trabajadores que han perdido sus ingresos por enfermedad o accidente no relacionado con el empleo. Es requerido por ley, puede combinarse con pólizas privadas y en COSVI podemos proveerlo. 

¿Se pueden extender los beneficios de SINOT con una póliza privada? Sí. En ocasiones, los patronos quieren añadir beneficios como seguro funeral o aumentar las cantidades de los beneficios que cubre la Ley 139. Ejemplos: 

● Cubierta o Plan Básico: 

Beneficio por incapacidad equivalente al 65% del salario semanal regular

Beneficio por muerte y Beneficio por desmembramiento 

Periodo máximo de beneficio de hasta 26 semanas 

● Beneficio Funeral: 

Los mismos Beneficios del Plan Básico con Seguro Funeral y por condiciones cubiertas bajo la Ley 139. 

Periodo máximo de beneficio de hasta 26 semanas 

● Cuando hay 25 empleados o más: 

○ Hay planes aún más ricos en beneficios que se diseñan para grupos con mayor número de empleados (usualmente 25 empleados o más) 

○ Periodo máximo de beneficio de hasta 30 semanas

Beneficios de adquirir SINOT con nosotros: 

● Las tarifas se ajustan a las necesidades de cada patrono con planes que pueden incluir hasta beneficio de gastos funerales. 

● Excelencia en Servicio. 

● Somos una empresa netamente puertorriqueña con cerca de 60 años de experiencia y de crecimiento sólido en la industria de los seguros. Además, le ofrecemos calidad de servicio y agilidad en el pago de reclamaciones. 

Es importante mencionar que este producto está disponible desde el 1 de enero y el último día para adquirirlo es el 27 de abril. No obstante, siempre recomendamos realizar las gestiones correspondientes en o antes del 25 de abril para evitar riesgo de radicación tardía con el Departamento del Trabajo. 

Recuerde que es importante asesorarse con un Representante Autorizado con licencia, para que le provea orientación sobre la inversión, prima y las cubiertas de la póliza. En COSVI podemos orientarle de manera remota o presencial contemplando todas las medidas de seguridad y distanciamiento. También puede comunicarse al 787-751-7373, visitar nuestra página de Facebook, LinkedIn, Instagram o visitar www.cosvi.com.

Publicado
January 31, 2023
¡Sólo tienes una Vida, ASEGÚRALA! -
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